Políticas de Créditos de Consumo -
Casa de Créditos

1. Introducción

Esta política define las condiciones para la evaluación, otorgamiento y seguimiento de créditos personales de consumo, destinados exclusivamente a personas físicas, con montos de hasta Gs. 20.000.000 y plazos máximos de hasta 24 meses. Aplica a empleados dependientes del sector público o privado, jubilados, pensionados y rentistas.

2. Criterios Generales

·Análisis individual de la capacidad de pago.

·Evaluación de antecedentes crediticios (Informconf y otras bases).

·Máximo de endeudamiento: la cuota no debe superar el 30% del ingreso bruto mensual.

·Moneda: Guaraníes.

·Garantía: a sola firma y/o codeudoría solidaria.

·Edad del solicitante: mínimo 20 años y máximo 65 años al final del crédito.

·Seguro de vida obligatorio para cancelación de saldo de deuda.

3. Prohibiciones

·Personas con procesos judiciales abiertos (últimos 2 años). 

·Personas observadas por el Oficial de Cumplimiento (SEPRELAD). 

·Personas con antecedentes negativos recientes en el sistema financiero (Informconf faja G o inferior).

4. Documentación Requerida

4.1 Identificación y domicilio

· Cédula de Identidad vigente (copia autenticada).

· Factura de servicio público a nombre del solicitante o Certificado de vida y residencia (máximo 3 meses).

 

4.2 Ingresos – Trabajadores Dependientes (Sector público o privado)

· Certificado laboral original con detalle de antigüedad (mínimo 1 año) y salario.

· 3 últimas boletas de pago IPS, o liquidaciones de salario, o extractos bancarios donde conste acreditación de salario.

 

4.3 Ingresos – Jubilados, pensionados y rentistas ·Constancia de percepción de haberes emitida por la entidad previsional correspondiente.

·Extracto bancario que demuestre la acreditación periódica.

 

4.4 Otras condiciones

·Formulario de solicitud firmado.

·Declaración jurada de bienes (cuando se solicite).

· Dos referencias personales (una familiar como mínimo).

5. Comité de Crédito y Límites de Autonomía

Las solicitudes serán evaluadas por el Comité de Crédito, cuya composición y límites se ajustan a lo establecido en la política general:

·Créditos hasta Gs. 15.000.000: Comité Menor de Crédito.

·Créditos entre Gs. 15.000.001 y Gs. 20.000.000: Comité Intermedio de Crédito.

6. Excepciones a la Política

Se admitirán solicitudes fuera de política solo bajo condiciones justificadas y con aprobación expresa del Comité Superior o del Directorio, debiendo constar en acta y con la firma de los responsables de Riesgos, Comercial y Presidencia del Directorio.